La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) dió como fecha límite a las empresas españolas el 29 de enero para que aquellas que utilizaran plataformas tecnológicas para transferir datos de ciudadanos europeos a terceros países como Dropbox, Google Drive o MailChimp cumplieran con la nueva normativa o serían multadas. ¿En qué afecta esto a la mayoría de empresas?
Es bastante común la contratación del MailChimp como proveedor de servicios de email marketing, es decir, envío de newsletters a clientes y consumidores. Sin embargo, ajustándonos a la ley de protección de datos, este proveedor no podrá seguir ofreciendo este servicio como venía haciendo. Existen alternativas a este último y en Esepé Estudio damos solución a tu problema con proveedores a los que no afecta esta regulación y que por tanto, garantizan un servicio seguro y eficaz. Si tenéis cualquier duda, contactad con nosotros.
Esta noticia comunicada por la Agencia Española de Proteción de Datos habría desembocado tras el fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea el pasado mes de octubre con la cancelación del acuerdo "Safe Harbour". Este acuerdo permitía la transferencia de datos personales, como suscriptores, de la Unión Europea a empresas estadounidenses.
La AEPD daba ese plazo para que las empresas regularizaran su situación de dos maneras:
En caso de que las empresas no aborden y solucionen esta cuestión, podrían llegar a imponérseles multas de hasta 300.000 euros.
Fuente: El Confidencial